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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 867
JUECES DE DISTRITO, COMPETENCIA ENTRE LOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXII; Pág. 867
Corresponde al Pleno de la Suprema Corte de Justicia, de acuerdo con los artículos 106 de la Constitución Federal y 11, fracción XII, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la resolución de las competencias entre Jueces de Distrito de distintas materias, surgidas con motivo del conocimiento de un juicio de amparo.
Precedentes
Competencia 128/38. Suscitada entre los Jueces Primero de Distrito , en Materia Penal, en el Distrito Federal y Segundo de Distrito, en Materia Civil, en el Distrito Federal. 14 de abril de 1942. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.