Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/279150
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279150
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 6059
MUJERES, TRABAJO DE LAS; COMPETENCIA DE LA CUARTA SALA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, PARA CONOCER DE LA REVISION, DE AMPAROS CONTRA LOS REGLAMENTOS QUE RESTRINGEN AQUEL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXI; Pág. 6059
Si se promueve amparo contra el jefe del Departamento Central del Distrito Federal, por aplicación del reglamento de cafés cantantes o cabarets y salones de baile del Distrito Federal, que previene, en su artículo 2o., que el servicio en los restaurantes ha de ser desempeñado por hombres, después de las 22 horas, como con la aplicación de ese artículo se quiere excluir a las quejosas, del trabajo que desempeñan como meseras en un restaurant, aparentemente el citado reglamento se refiere a disposiciones de policía y buen gobierno; pero determina, con su aplicación, una restricción al derecho de trabajo de las quejosas, y, por lo mismo, invade facultades que son privativas de las leyes y autoridades del trabajo, independientemente de los propósitos o consideraciones que hayan animado su expedición, afectando indudablemente determinadas disposiciones del artículo 123, constitucional y de la Ley Federal del Trabajo, que relacionadas con el trabajo de las mujeres; y proviniendo la prevención que se hace a las quejosas, de autoridad distinta de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, es indudable que, de acuerdo con lo prevenido por la fracción II del artículo 27 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, es competente la Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia para conocer del recurso de revisión interpuesto por las quejosas, contra la sentencia pronunciada en el amparo por el Juez de Distrito.
Precedentes
Competencia 93/38. Suscitada entre la Segunda y Cuarta Sala de la Suprema Corte de Justicia. 9 de octubre de 1939. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Fernando López Cárdenas, Luis Bazdresch, Abenamar Eboli Paniagua, Luis G. Caballero, Alfredo Iñárritu, José M. Ortiz Tirado y Rodolfo Asiáin. La publicación no menciona el nombre del ponente.