Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/279179
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
279179
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1067

COMPETENCIA SIN MATERIA.

[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LVIII; Pág. 1067

Precedentes

Competencia 62/38. Suscitada entre el grupo especial número tres, de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje de ésta capital y la Junta Especial número seis, de la Central de Conciliación y Arbitraje de Tuxtepec, Oaxaca. 24 de octubre de 1938. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 279179