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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279226
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1528
COMPETENCIA SIN MATERIA EN CUESTIONES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LIII; Pág. 1528
Si el conflicto se ha resuelto definitivamente, la competencia queda sin materia, porque el objeto, tanto de la declinatoria como de la inhibitoria, es que, previamente a la decisión del asunto, se defina cual de las Juntas de Conciliación y Arbitraje es la competente, y por tanto, inmediatamente que se promueve la cuestión de competencia o que la Junta advierta que es incompetente se suspende el procedimiento y si no se obra de esa manera, se incurre en responsabilidad artículos 432, 433, 434, 435, 436, 650, fracción V, y 651, fracción IX, de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Competencia 54/37. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial número tres y la Junta de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal. 9 de agosto de 1937. Unanimidad de dieciocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.