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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279246
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1206
MULTA CON MOTIVO DE COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1206
Si la competencia no fue promovida con notoria temeridad, no ha lugar a aplicar la multa a que se refiere el artículo 437 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Competencia 134/36. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Cuatro, y el Juez Decimosegundo de lo Civil del Distrito Federal. 15 de febrero de 1937. Mayoría de diez votos. Disidentes: Alonso Aznar Mendoza, Rodolfo Chávez, Agustín Gómez Campos, Sabino M. Olea, José María Truchuelo, Alfonso Pérez Gasga, Francisco H. Ruiz, Jesús Garza Cabello y José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.