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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279248
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1205
GASOLINERAS, COMPETENCIA CON MOTIVO DE CONTRATO PARA LA EXPLOTACION DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 1205
Si el actor, en la demanda que presenta ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, sostiene que el contrato que celebró con la demandada, ésta lo denomina de "comodato"; pero, examinado, se llega a la conclusión de que no tiene ese carácter, ni de hecho ni de derecho, y sí todos los de un contrato de trabajo, y exige el demandado el pago de una suma de dinero, por concepto de indemnización, por despido injustificado, horas extraordinarias de trabajo, sueldo correspondiente a días de vacaciones y a domingos, más los salarios vencidos, y la demanda se funda en disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, está perfectamente claro que la naturaleza de la acción deducida no es civil, sino que corresponden a las que nacen de un contrato de trabajo, cuyo ejercicio origina el conflicto entre el trabajador y el patrono, que debe ser dilucidado por una Junta de Conciliación y Arbitraje, y atendiendo a la naturaleza de la acción, la competencia corresponde a aquel tribunal, de acuerdo con el artículo 123, fracción XX, de la Constitución Federal.
Precedentes
Competencia 134/36. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, Grupo Especial Número Cuatro, y el Juez Decimosegundo de lo Civil del Distrito Federal. 15 de febrero de 1937. Mayoría de diez votos. Disidentes: Alonso Aznar Mendoza, Rodolfo Chávez, Agustín Gómez Campos, Sabino M. Olea, José María Truchuelo, Alfonso Pérez Gasga, Francisco H. Ruiz, Jesús Garza Cabello y José María Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.