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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279261
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 3054
COMPETENCIA, MULTAS TRATANDOSE DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LI; Pág. 3054
Si ni el Juez competidor ni la parte que impugna la competencia obraron con notoria temeridad, no ha lugar a imponer la multa a que se refiere el artículo 58 del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Precedentes
Competencia 173/36. Suscitada entre los Jueces Décimo Segundo de lo Civil del Distrito Federal y Primero de lo Civil de Tampico. 29 de marzo de 1937. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.