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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279266
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1076
SUCESIONES, COMPETENCIA EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo L; Pág. 1076
La declaración hecha por el autor de una sucesión, en una escritura pública, en la cual se consignó un contrato de compraventa, respecto de su domicilio, en relación con la obra en el testamento, indica de modo cierto que el autor de la herencia se consideró vecino del lugar designado en aquellos instrumentos, tanto por su residencia, como porque tenía el ánimo de establecer su domicilio en el propio lugar; y si, además, esas pruebas están corroboradas con información testimonial, debe declararse competente para conocer del juicio sucesorio, al Juez del repetido lugar, de acuerdo con los artículos 207, fracción I, del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán y 156, fracción V, del de Procedimientos Civiles del Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Competencia 141/36. Suscitada entre los Jueces Quinto de lo Civil de esta capital y Primero de lo Civil de Morelia, Michoacán. 9 de noviembre de 1936. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.