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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2971
SUMISION TACITA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLVII; Pág. 2971
Si bien es verdad que la fracción II del artículo 153 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, dispone que quedan sometidos tácitamente, quienes contestan la demanda o reconvengan al actor, también lo es que una interpretación razonable de esa disposición legal, inclina a considerar que cuando ella expresa que el demandado se somete tácitamente, al contestar la demanda, presupone la ausencia de alguna manifestación por virtud de la cual esa parte desconozca la jurisdicción del Juez, ya que sería ilógico que el demandado quedara sometido al Juez que lo emplazó, no obstante haber expresado con claridad, que no le reconoce competencia, y el hecho de que el legislador suprimiera en el código vigente, la parte del precepto que, de un modo expreso, facultaba al demandado para contestar la demanda, sin reconocer la competencia del Juez de los autos, obedece, seguramente, a que cuando aquél contesta la demanda, lisa y llanamente, es claro que se someta a la jurisdicción del Juez, pero cuando la contesta en forma condicional, reservándose sus derechos para promover después la cuestión de competencia, no puede estimársele sometido, ni expresa ni tácitamente, a esa jurisdicción.
Precedentes
Competencia 328/35. Suscitada entre los Jueces Tercero de lo Civil de la ciudad de Puebla, Décimotercero de lo civil en la ciudad de México, Distrito Federal. 24 de febrero de 1936. Mayoría de once votos. Disidentes: Vicente Santos Guajardo, José M. Truchuelo, Rodolfo Iñárritu y Jesús Garza Cabello. La publicación no menciona el nombre del ponente.