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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 489
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA, COMPETENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLVI; Pág. 489
Corresponde a la Suprema Corte de Justicia dirimir las competencias que se susciten entre los Tribunales de la Federación y las de los Estados, conforme al artículo 106 constitucional y al artículo 11, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Competencia 501/34. Suscitada entre el Juez de Primera Instancia del Distrito de Galeana, con residencia en Casas Grandes, Chihuahua, y el Juez Segundo de Distrito de ese Estado. 7 de octubre de 1935. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.