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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279294
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1901
ZONAS MARITIMAS, SU JURISDICCION CORRESPONDE A LAS JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLV; Pág. 1901
Si la empresa demandada ante una Junta de Conciliación, actúa dentro de una zona marítima, la consecuencia para conocer de los conflictos de trabajo que surjan entre dicha empresa y sus empleados, radica en las Juntas Federales de Conciliación.
Precedentes
Competencia 329/34. Suscitada entre la Junta Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tamaulipas y la Junta Federal de Conciliación número Cuatro en Tampico, Tamaulipas. 29 de julio de 1935. Unanimidad de diecisiete votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.