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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279386
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1408
SUCESIONES, COMPETENCIA PARA CONOCER DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 1408
Tanto el Código de Procedimientos Civiles del Distrito, como el del Estado de Hidalgo, declaran que es competente para conocer de los juicios hereditarios, haya o no testamento, el Juez del lugar del último domicilio del autor de la herencia, y a falta de domicilio fijo, el del lugar donde estuvieren situados los bienes raíces que forman la herencia, y la aplicación de esta regla no puede eludirse porque los interesados en el juicio de sucesión, lo hayan promovido ante Juez distinto del competente o se haya sometido tácitamente a la jurisdicción de otro Juez, ya que ésta no es prorrogable.
Precedentes
Competencia 166/31. Sarmiento viuda de Azuara Florencia. 19 de octubre de 1931. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.