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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279392
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2904
RESERVAS PETROLERAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXIII; Pág. 2904
Las reservas petroleras nacionales y sus productos, forman parte de los bienes de la nación; por lo tanto, los contratos celebrados con relación a esas reservas, afectan los derechos patrimoniales de la Federación, y cuando ésta comparece, para exigir el cumplimiento de los mencionados contratos, lo hace en defensa de dichos intereses, y no viene a sostener actos ejecutados en el ejercicio de la soberanía; siendo la controversia, de la competencia exclusiva de la Suprema Corte, sin que, para arrebatársela, sea bastante que el contrato relativo, se haya estipulado que la controversia sería sometida a la decisión de arbitradores, pues tal convenio no puede prevalecer contra el mandato expreso y terminante del artículo 105 constitucional.
Precedentes
Juicio contra la Nación 1/31. Compañía Industrial Minera y Petrolera, S. A. 8 de diciembre de 1931. Mayoría de once votos. Disidentes: Fernando de la Fuente, Paulino Machorro y Narváez y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.