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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2009
SENTENCIAS DE AMPARO, DESOBEDIENCIA A LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2009
La fracción XI del artículo 107 constitucional que establece la separación de la autoridad responsable, cuando evade el cumplimiento del fallo dictado por la autoridad federal, debe ser aplicada aun en el caso de que las autoridades no sean las mismas que funcionaban cuando se tramitó y concedió el amparo, ya que a las últimas autoridades se les ha requerido, y ellas son quienes eluden el cumplimiento del fallo.
Precedentes
Incidente de inejecución de sentencia 21/30. Sosa Cámara Andrés. 6 de abril de 1931. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.