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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279414
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2294
JUECES DE DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 2294
La Corte no puede ordenar a los Jueces de Distrito que dicten resoluciones en determinado sentido, y sólo puede conocer de ellas cuando, por virtud de un recurso legal queden sometidas a su jurisdicción.
Precedentes
Responsabilidad oficial promovida contra el Juez de Distrito de Tabasco 4 y 26/31, expedientes varios. Banco Nacional de México. 20 de abril de 1931. Mayoría de once votos. Disidentes: Fernando de la Fuente y Paulino Machorro y Narváez. La publicación no menciona el nombre del ponente.