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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279419
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 728
CONTRAFIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIII; Pág. 728
Si bien la procedencia o improcedencia de la revisión, sólo puede ser calificada por la Corte, también es cierto que, contra el auto que admita una contrafianza, no puede recurrirse en revisión sino en queja, atento lo dispuesto por el artículo 52 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil. Hernández Crescencia. 31 de julio de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.