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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279426
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 305
ESTADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 305
Como entidad abstracta de derecho, simboliza y concreta una colectividad, con atributos y caracteres especiales, constituyendo una entidad soberana, que no tiene más límite en su acción, que la misma ley que lo crea. Por una ficción doctrinaria, se le da otro carácter cuando interviene como sujeto de derecho privado, equiparándolo a los demás individuos, porque sus intereses no se fundan en la soberanía ni en una causa colectiva, sino en un interés particular de su patrimonio; pero aun así, no pierde su carácter de entidad soberana, cuando se presenta en juicio, lo que se evidencia, porque los procedimientos para ejecución del fallo que en su contra se pronuncie, se distinguen de los que se siguen en contra de los particulares, para que no se menoscabe su soberanía; así, cuando se demanda a la hacienda pública, prácticamente se demanda al Estado, pues aquélla no es sino una ficción, para referirse a la parte patrimonial de éste.
Precedentes
Competencia en materia civil 90/29. Suscitada entre los Jueces Tercero de Distrito de Veracruz y de Primera Instancia de Pánuco, Veracruz. 19 de mayo de 1930. Unanimidad de quince votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.