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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 595
CLASIFICACION DEL DELITO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 595
Si el tribunal clasifica el delito de distinta manera de como lo hace le Ministerio Público, e impone al reo una pena mayor de la pedida por el mismo ministerio, con ello viola el artículo 21 constitucional que encomienda exclusivamente a dicha institución, el ejercicio de la acción penal.
Precedentes
Amparo penal directo 3527/21. Sánchez José. 7 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.