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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279501
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 95
RATIFICACION DE LA DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 95
Si la ratificación que haga el interesado, de la demanda de amparo por él hayan presentado sus poderdantes, se hace después de los quince días siguientes a la fecha en que empezó a correr el término para promover el amparo, dicha demanda debe ser desechada por improcedente.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de improcedencia. Bustamante viuda de Ortega Anacleta. 16 de enero de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.