Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/279503
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279503
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 101
POSESIONES PROVISIONALES O DEFINITIVAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 101
El plazo que el artículo 19 del Reglamento Agrario concede a los dueños de los terrenos afectados por ellas, para que los desocupen, debe contarse desde la fecha en que se dé la posesión; pues, de otro modo, no se daría cumplimiento a la ley de 6 de enero de 1915, que es de interés público, y cuya finalidad es resolver el problema agrario.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Aguirre de Lugo María. 16 de enero de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.