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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 112
CASACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 112
La Corte ya ha resuelto que el recurso de casación se considera como extraordinario, y que, consiguientemente, no es indispensable acudir a él, para poder ocurrir después al juicio de amparo.
Precedentes
Amparo civil directo. Delgadillo viuda de Delgadillo Anastasia. 20 de enero de 1925. Unanimidad de diez votos, en cuanto al primer punto resolutivo. Mayoría de seis votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Francisco M. Ramírez , Francisco Díaz Lombardo y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.