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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279535
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 181
PILLAJE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 181
La ley penal militar castiga a todo militar o asimilado que, valiéndose de su posición en el Ejército, o de la fuerza armada, o aprovechándose en campaña, del temor ocasionado por la guerra, y con objeto de una apropiación ilegítima, se haga entregar o arrebate del dominio ajeno, las cosas pertenecientes a los habitantes del lugar, sin que pueda invocarse como excluyente de responsabilidad, el obedecer a un superior.
Precedentes
Amparo penal directo. Godoy Vicente P. 29 de enero de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.