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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279570
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 266
APELACION EN MATERIA MERCANTIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 266
En los juicios mercantiles puede apelar el litigante condenado en el fallo, y el vencedor que no consiguió la restitución de los frutos, la indemnización de perjuicios o el pago de las costas. Mas los que no tengan el carácter de parte, en esos juicios, no pueden introducir el recurso de alzada contra las resoluciones que en los mismos se pronuncien.
Precedentes
Amparo civil directo. F. García y Compañía, sucesores. 13 de febrero de 1925. Mayoría de seis votos. Disidentes: Leopoldo estrada, Ricardo B. Castro, Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.