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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279578
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 286
APRECIACION DE LA PRUEBA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 286
Si al hacerla los tribunales se apartan de lo que disponen las leyes reguladoras de la prueba, tal hecho importa una violación de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo. Torres Emilio. 14 de febrero de 1925. Mayoría de seis votos. Disidentes: Sabino M. Olea, Salvador Urbina, Francisco Díaz Lombardo y Gustavo A. Vicencio, que negaron el amparo. La publicación no menciona el nombre del ponente.