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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279584
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 294
NOTIFICACIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 294
Aun cuando el Código de Comercio previene que las notificaciones se hagan en el domicilio de las partes, si éstas no cumplieren con la obligación que la misma ley les impone, de señalar casa en la que deban hacérseles, dichas notificaciones se les harán en los estrados del juzgado.
Precedentes
Recurso de súplica. Montiel Enrique P. 16 de febrero de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.