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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279591
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 324
REGLAMENTACIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 324
Las reglamentaciones que se hagan de una disposición, no pueden apartarse del texto, espíritu y finalidad de la disposición que reglamentan; y así, las que se refieren a disposiciones que decreten la nulidad de los actos de un gobierno ilegítimo, sólo pueden concretarse a reglamentar la nulidad de esos actos, y no otros.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Aguilera Gonzalo de A. 18 de febrero de 1925. Mayoría de diez votos. Disidente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.