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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279596
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 348
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 348
Sólo puede ser librada por la autoridad judicial, con sujeción estricta a lo prevenido por el artículo 16 de la Constitución, sin que pueda bastar para fundarla, el dictamen jurídico de una oficina, si no se concretan en él, hechos punibles e imputables al acusado.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Nava Luis R. 19 de febrero de 1925. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.