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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279630
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 430
AGUAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 430
En los casos de dotación de ejidos, es improcedente conceder la suspensión que tenga por efecto que se prive a las tierras del ejido, del agua necesaria para sus cultivos; pero sí procede dejar a salvo los derechos del propietario, para que disponga de las aguas que corresponden a las tierras no afectadas por la dotación.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Espinosa Agustín. 27 de febrero de 1925. Unanimidad de once votos. La suspensión no menciona el nombre del ponente.