Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/279632
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279632
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 433
AGRAVIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 433
La Suprema Corte ha establecido la jurisprudencia de que deben declararse ejecutoriadas las sentencias de los Jueces de Distrito, cuando contra ellas se haya interpuesto el recurso de revisión, sin expresar agravios.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Ruiz y Ortiz y coag. 27 de febrero de 1925. Mayoría de siete votos. El Ministro Ricardo B. Castro no votó en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ernesto Garza Pérez y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.