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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279638
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 457
AGUAS FEDERALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 457
Aunque la Secretaría de Agricultura y Fomento tenga amplias facultades para conceder el uso de aguas en los términos de los convenios habidos entre particulares, y que la misma secretaría autorice, no corresponde a ella resolver si los contratantes cumplen o no, con los términos de la concesión, en cuanto se relaciona con tal convenio, ni decidir sobre la forma en que deban cumplir; sin que pueda alegarse que se trata de medidas de policía, si no hay aprovechamiento de aguas de uso común.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 74/22. Soto Severiano. 16 de mayo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.