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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279652
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 507
APELACION
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 507
La expresión de agravios contra la sentencia apelada, plantea la cuestión al resolver la instancia, la cual queda sin materia cuando dicha expresión de agravios falta; y resolver el recurso sin que se hayan expresado agravios, importa una violación de garantías para el colitigante.
Precedentes
Tomo XVI, página 1550. Amparo 1622/23. Castillo Rivero Alfredo. 30 de junio de 1925. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Gustavo A. Vicencio, Jesús Guzmán Vaca y Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVI, página 507. Amparo civil directo 847/19. Leal Benjamín. 10 de marzo de 1925. Mayoría de ocho votos. El Ministro Jesús Guzmán Vaca no votó, por las razones que se hacen constar en el acta del día. Disidentes: Salvador Urbina y Francisco Díaz Lombardo. La publicación no menciona el nombre del ponente.