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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279665
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 545
PAGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 545
Si se estipuló que fueran hechos en moneda metálica, con exclusión del papel moneda, aun cuando fuera forzosa su admisión, el acreedor está en su derecho, si se rehusa a recibir el pago en billetes de circulación fiduciaria.
Precedentes
Amparo civil directo. Fuente Mariana de la. 10 de marzo de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Ricardo B. Castro. La publicación no menciona el nombre del ponente.