Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/279677
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279677
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 580
AMPAROS ANTERIORES AL 1o. DE JULIO DE 1924.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 580
Si su conclusión no fue promovida de acuerdo con los términos del decreto de 9 de diciembre de 1924, debe declararse firme la sentencia del Juez de Distrito.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Doria Felipe. 12 de marzo de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.