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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279695
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 620
PERSONAS EXTRAÑAS AL JUICIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 620
El plazo de quince días que la ley señala para que interpongan el amparo contra las resoluciones en juicio en que no son parte y que afecten sus propiedades y derechos, debe contarse a partir del día en que tuvieren conocimiento del acto que reclaman.
Precedentes
Amparo civil en revisión. García Alvarez Toribio. 18 de marzo de 1925. Unanimidad de ocho votos. Ausente: Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.