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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279717
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 690
VILLAS Y CIUDADES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 690
Para que tengan derecho a que se les dote de tierras en calidad de ejidos, es preciso el previo acuerdo de la Comisión Nacional Agraria, que debe normarse en el espíritu de la ley de 6 de enero de 1915; pues las tierras deben utilizarse directa y exclusivamente en usos agrarios, debiendo beneficiar sólo a las poblaciones que, por su escaso desarrollo comercial e industrial, necesitan como elemento preferente para el sostenimiento de sus moradores, un terreno de aprovechamiento.
Precedentes
Tomo XVI, página 1664. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 860/25. Aguilar viuda de Barrón Felisa. 16 de abril de 1925. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVI, página 690. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 710/25. Rivera viuda de Villalpando Herlinda. 26 de marzo de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVI, página 1664. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 694/25. Capetillo de Valero María Concepción. 26 de marzo de 1925. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVI, página 1664. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 495/25. Vidrio María Dolores y otra. 26 de marzo de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Francisco M. Ramírez. La publicación no menciona el nombre del ponente.