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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279741
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 759
DESCANSO SEMANARIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 759
Si bien es cierto que la sociedad está interesada en que se observe el descanso semanario, también lo es que ese descanso debe ser estatuído por una ley y no por una disposición del orden administrativo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Sarquís Félix y coagraviados. 2 de abril de 1925. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.