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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279751
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 804
RECUSACION SIN CAUSA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 804
La que autoriza el artículo 1134 del Código de Comercio, no ha sido derogada por el artículo 4o. transitorio del Código Federal de Procedimientos Civiles; pues siempre se han considerado como distintas las leyes en materia mercantil, de las leyes en materia civil.
Precedentes
Competencia en materia mercantil. Suscitada entre los Magistrados del Séptimo y del Octavo Circuito. 6 de abril de 1925. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.