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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 825
BANCO INTERNACIONAL E HIPOTECARIO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 825
El derecho que la ley concede a los deudores para cubrir sus créditos con bonos hipotecarios del banco, no es renunciable por tratarse de una ley prohibitiva o de interés público y los actos ejecutados contra el tenor de las leyes prohibitivas serán nulos, si las mismas leyes no disponen otra cosa.
Precedentes
Amparo civil directo. Carey Francisco B. 13 de abril de 1925. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.