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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279823
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1030
SENTENCIAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1030
Si en la demanda relativa se sostiene que la ley que se reclama, no está ajustada a la Constitución, hay necesidad de estudiar en la sentencia la constitucionalidad de esa ley, y tal cosa no puede considerarse ilegal.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Ortiz Borbolla Darío. 30 de abril de 1925. Mayoría de siete votos. Disidentes: Manuel Padilla y Sabino M. Olea. La publicación no menciona el nombre del quejoso.