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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279845
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1106
LEY REGLAMENTARIA DEL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1106
Contra su aplicación no puede alegarse lo ordenado por una ley local.
Precedentes
Tomo XVI, página 1617. Indice Alfabético. Queja 80/25. Zavala Orduy Manuel. 11 de mayo de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVI, página 1106. Queja en amparo civil 61/25. Puerto viuda de Zavala Tomasa. 11 de mayo de 1925. Unanimidad de diez votos. Ausente: Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LXXXIV, página 2156, tesis de rubro "LEYES, ORDEN JERARQUICO DE LAS.".