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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279869
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1197
RESPONSABILIDAD CIVIL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1197
La proveniente de un hecho u omisión contrarios a la ley penal, consiste en la obligación que tiene el responsable, de hacer la restitución, la reparación , la indemnización y el pago de gastos judiciales. Contra esa regla sólo pueden caber dos motivos de excepción: que la cosa haya perecido, o que haya pasado a manos de un tercero.
Precedentes
Amparo civil directo. Servín Miguel y coag. 19 de mayo de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.