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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279883
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1253
INFORME CON JUSTIFICACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1253
Si el que rinde la autoridad responsable no es objetado por el quejoso, debe tenerse como cierto.
Precedentes
Tomo XVI, página 1598. Indice Alfabético. Amparo 1088/25. Vizcarra Luis. 18 de junio de 1925. Unanimidad de nueve votos. Ausente: Sabino M. Olea y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XVI, página 1253. Amparo civil en revisión. Allen Goh O'Hashi y Compañía. 3 de junio de 1925. Mayoría de nueve votos. Disidentes: Sabino M. Olea y Gustavo A. Vicencio. La publicación no menciona el nombre del ponente.