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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279951
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1479
LIBERTAD BAJO FIANZA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1479
La acusación concreta que haga el Ministerio Público, no es lo mismo que la imputación del denunciante, y mucho menos puede equipararse ésta a la calificación que, con vista de lo actuado, haga el Juez al dictar el auto de formal prisión, único que puede tenerse en cuenta para decidir sobre la procedencia de la libertad caucional.
Precedentes
Queja en amparo civil. Agente del Ministerio Público Federal, adscrito al Juzgado Segundo Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal. 22 de junio de 1925. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.