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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279964
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1509
REMATES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XVI; Pág. 1509
Cuando el acto reclamado consiste en un remate, y éste se ha ejecutado, debe considerarse que tal acto se ha consumado de un modo irreparable, puesto que no pueden volver las cosas al estado que guardaban antes de las violaciones alegadas, ya que ello implicaría privar al rematante de su propiedad legítimamente adquirida, mediante las escrituras de adjudicación, que constituyen un título perfecto, mientras autoridad competente no declare lo contrario; así como también de la posesión del inmueble, lo que constituiría una violación al artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo mixto en revisión. Mijares Carlos, sucesión de. 29 de junio de 1925. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Jesús Guzmán Vaca, Ricardo B. Castro, Leopoldo Estrada y Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.