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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279978
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 14
TRIBUNALES FEDERALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 14
A ellos toca conocer de todas las controversias del orden civil, que se susciten sobre cumplimiento de leyes federales; pero cuando dichas controversias sólo afecten a intereses particulares, pueden conocer, a elección del autor, los Jueces Federales o los del orden común correspondientes.
Precedentes
Competencia en materia civil 470/27. Suscitada entre los Jueces de Primera Instancia de lo Civil de Villahermosa y de Distrito de Tabasco. 2 de enero de 1928. Unanimidad de diez votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.