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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 279984
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 428
REMATES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LVI; Pág. 428
La celebración de un remate, no causa al propietario daños de difícil reparación, puesto que en caso de que se conceda el amparo, tal celebración no pone obstáculos para que puedan volver las cosas al estado que tenían antes de la violación alegada, siendo por tanto improcedente la suspensión.
Precedentes
Amparo en revisión 920/38. Vera Hidalgo I. 13 de abril de 1938. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXII, página 25, tesis de rubro "REMATES.".