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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280000
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 68
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 68
Sólo procede contra las sentencias definitivas dictadas en segunda instancia, por los Tribunales Federales o por los de los Estados, con motivo de las controversias que se susciten, sobre cumplimiento y aplicación de las leyes federales.
Precedentes
Tomo XXII, página 1100. Indice Alfabético. Recurso de súplica 47/25. Jiménez Juan. 30 de enero de 1928. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Salvador Urbina, Francisco M. Ramírez y Leopoldo Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXII, página 1100. Indice Alfabético. Recurso de súplica 99/24. Castro Carlos. 9 de enero de 1928. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXII, página 68. Recurso de súplica. Revisión del auto que desechó la demanda 166/27. Madero Salvador. 9 de enero de 1928. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Ricardo B. Castro y Salvador Urbina. La publicación no menciona el número del asunto ni el nombre del ponente.