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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280009
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 87
LIBERTAD DE PROFESIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 87
La sociedad y el Estado tienen interés en que el ejercicio de las profesiones, principalmente las que afecten a la salud de los individuos, se sujeten a las disposiciones de las leyes que reglamentan ese ejercicio en cada estado; siendo, por tanto, improcedente conceder la suspensión que tenga por efecto que no se apliquen esas leyes.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Suzuki José M. 10 de enero de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.