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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280015
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 102
DEMANDA DE AMPARO OSCURA O IMPRECISA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 102
Si el Juez de Distrito encuentra que la demanda de amparo es oscura o imprecisa, debe mandarla aclarar, pero señalando con precisión las partes que de ella estima oscuras, de acuerdo con lo mandado por los artículos 70 y 72 de la ley reglamentaria.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda. Dupont Jerónimo. 12 de enero de 1928. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 190, tercera tesis relacionada con la jurisprudencia 126, de rubro "DEMANDA DE AMPARO OSCURA O IMPRECISA.".