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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 280019
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 111
TESTAMENTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXII; Pág. 111
No puede apoyarse la improcedencia del amparo que se pida por quien impugna de nulidad un testamento, y que ha sido condenado por los tribunales, en que haya otros testamentos anteriores a aquel cuya nulidad se pide, porque a tanto equivaldría como a que la Corte prejuzgara sobre la validez o nulidad de los testamentos anteriores.
Precedentes
Amparo civil directo 603/26. Haro Amado de. 14 de enero de 1928. Unanimidad de nueve votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.